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Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso acoge la solicitud de dos internos del valle Aconcagua

El tribunal, a su vez, notifica a la víctima, quien tiene la posibilidad de dar a conocer sus alegaciones por escrito.

 

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ACONCAGUA (15/05/2024).- La Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso acogió 5 de las 536 solicitudes de internos de las diversas unidades penales de la jurisdicción que postularon al beneficio correspondiente al primer semestre del año.

La comisión, que sesionó entre el viernes 5 y el lunes 15 de abril, revisó los antecedentes de cada uno de los postulantes, otorgando la libertad condicional a 1 interno del Centro de Educación y Trabajo Putaendo, 1 del Centro de Cumplimiento Penitenciario San Felipe y 3 del Complejo Penitenciario Valparaíso.

El trabajo de la comisión está regido por el Decreto Ley N° 321, modificado por la ley N° 21.124 que entró en vigencia el 18 de enero de 2019, y que establece como requisitos de postulación haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia y las posibilidades reales de reinserción.

La última modificación legal a la normativa se realizó en noviembre de 2023, con la entrada en vigencia de la ley N°21.627 que establece mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional, como por ejemplo, que Gendarmería debe comunicar al tribunal a cargo de la ejecución de la pena respectiva las postulaciones a la libertad condicional presentadas por los condenados.

El tribunal, a su vez, notifica a la víctima, quien tiene la posibilidad de dar a conocer sus alegaciones por escrito, ya sea de forma personal o a través de su representante, ante la Comisión de Libertad Condicional respectiva, y hacer su presentación ya sea por fundamentos especialmente calificados o en atención a la gravedad de los hechos por los que la persona postulante fue condenada.

 


 
 
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