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Grave denuncia por violencia laboral: trabajadora demanda al Servicio de Salud Aconcagua y al Hospital de Los Andes

La acción de tutela laboral denuncia agresiones físicas y psicológicas, graves fallas institucionales y sucesivos procesos de reintegro que habrían profundizado el daño sufrido por la funcionaria.

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ACONCAGUA (22/09/2026).- El abogado José Villagrán Reyes interpuso una acción de tutela laboral en favor de la denunciante,  Janina Villarroel Salinas, en contra del Servicio de Salud Aconcagua y del Hospital San Juan de Dios de Los Andes, por la vulneración de sus derechos fundamentales y las graves consecuencias que le habría provocado la violencia laboral ejercida por una enfermera que desempeñaba funciones de jefatura en el establecimiento.

Según indicó el abogado, la víctima, quien se desempeña como técnica en enfermería y posee una extensa trayectoria en la atención de pacientes, habría sido sometida durante años a hostigamientos, humillaciones, sobrecarga laboral y malos tratos, sin recibir una respuesta institucional suficiente para detener las agresiones y proteger su salud.

La demanda expone dos graves episodios de violencia física ocurridos durante el año 2019. En uno de ellos, la víctima habría recibido un fuerte puntapié mientras era reprendida por un supuesto error. En otra oportunidad, la misma jefatura le habría enterrado un lápiz en uno de sus brazos mientras la cuestionaba por utilizar un piercing.

El abogado José Villagrán sostuvo que estos hechos no pueden ser tratados como simples diferencias laborales, pues corresponderían a actos de violencia física y psicológica cometidos dentro de un recinto hospitalario por una persona que ejercía poder jerárquico sobre la trabajadora.

La acción judicial señala que las agresiones y el hostigamiento terminaron afectando gravemente la salud mental de la víctima, quien comenzó a padecer cefaleas tensionales, caída del cabello, ansiedad, depresión y otras severas manifestaciones psicológicas y físicas. Su estado hizo necesaria la intervención de neurólogos, psicólogos y psiquiatras, además de prolongados tratamientos y licencias médicas.

Según explicó el abogado Villagrán, la enfermedad de la trabajadora fue inicialmente calificada como de origen común. Sin embargo, después de una apelación interpuesta por la afectada, la Superintendencia de Seguridad Social reconoció durante el año 2024 su carácter profesional de la afectación de su salud. El organismo habría identificado entre los factores de riesgo la existencia de un liderazgo disfuncional, la hostilidad de la jefatura y el escaso apoyo proporcionado por la organización.

Para la parte demandante, este pronunciamiento resulta especialmente relevante, pues demostraría que la afectación de la trabajadora no correspondía a un problema personal desvinculado de sus funciones, sino que tenía su origen en las condiciones laborales existentes al interior del establecimiento hospitalario.

La demanda también formula serios cuestionamientos a la actuación de distintos dependientes del Hospital San Juan de Dios de Los Andes durante los sucesivos intentos de reintegro de la víctima. El abogado indicó que no habría existido una planificación adecuada, que las recomendaciones médicas no fueron debidamente respetadas y que la trabajadora fue nuevamente expuesta a la jefatura que identificaba como su principal factor de riesgo.

Más grave aún, la acción judicial sostiene que la víctima habría sido obligada a enfrentarse directamente con la persona a quien atribuía las agresiones, en una reunión realizada a instancias de los psicólogos encargados de su reintegro laboral. Según el abogado José Villagrán, este procedimiento no solo careció de las medidas mínimas de protección, sino que habría provocado una nueva victimización de la funcionaria.

El primer intento de reincorporación se produjo en julio de 2025. De acuerdo con la demanda, la trabajadora regresó al mismo servicio en que se habían originado los episodios de violencia, sin contar con un acompañamiento efectivo y sin ser separada adecuadamente de la fuente de riesgo. La experiencia habría terminado en una nueva descompensación emocional y en la necesidad de continuar con tratamientos médicos y licencias laborales.

La víctima realizó posteriormente otros intentos por retomar sus funciones. Sin embargo, volvió a experimentar situaciones que calificó como hostigamiento y terminó siendo destinada unilateralmente al servicio de esterilización. La trabajadora consideró esta medida como un castigo y un grave menoscabo profesional, debido a que su trayectoria se había desarrollado principalmente en la atención directa de pacientes.

El abogado patrocinante afirmó que el hospital no habría adoptado medidas eficaces para proteger la integridad psicológica de la funcionaria ni investigado adecuadamente sus denuncias. Asimismo, cuestionó al Servicio de Salud Aconcagua por no ejercer oportunamente sus facultades de dirección, control y protección respecto de las actuaciones desarrolladas por dependientes del hospital.

“La víctima no solo debió soportar agresiones físicas y psicológicas en su lugar de trabajo, sino que, posteriormente, fue sometida a procesos de reintegro improvisados que terminaron profundizando el daño que ya había sufrido”, señaló el abogado José Villagrán al explicar los fundamentos de la acción judicial.

Mediante la demanda se solicita que los tribunales declaren que el Servicio de Salud Aconcagua y el Hospital San Juan de Dios de Los Andes vulneraron los derechos fundamentales de la trabajadora, particularmente su derecho a la integridad física, psíquica, a la honra, a no ser discriminada y a la indemnidad laboral.

La acción también pide la adopción de medidas destinadas a garantizar un reintegro laboral seguro, la publicación de una eventual sentencia condenatoria y el pago de una indemnización por daño moral, atendida la gravedad de las consecuencias que los hechos denunciados habrían provocado en la vida personal, familiar y profesional de la víctima.

El juicio se encuentra actualmente en tramitación ante el Juzgado del Trabajo de San Felipe, cuya audiencia de juicio quedó fijada para el próximo mes de octubre. En dicha instancia deberán rendirse las pruebas y escucharse las alegaciones de las partes, correspondiendo al tribunal establecer la responsabilidad de las instituciones demandadas y determinar si existió vulneración de los derechos fundamentales de la trabajadora.

 

 


 
 
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