A propósito del último partido internacional de Colo-Colo donde fallecieron dos personas, uno de ellos de 12 o 13 años de acuerdo a los diferentes portales informativos y estando en un año de elecciones, es interesante reflexionar en torno a la responsabilidad de los responsables finales, en efecto, no son los Carabineros, tampoco el equipo de futbol, los culpables de la muerte de un niño de 12 o 13 años son sus padres, esas mujeres y hombres que carecen de las habilidades parentales mínimas para criar un hijo y sin embargo, se victimizan y hasta dan entrevistas recordando las supuesta cualidades de sus hijos a quienes tenían en el completo abandono.
En los últimos años, la preocupación por el rol de los padres en la formación y supervisión de sus hijos si bien ha ido en aumento, en la práctica se observa un porcentaje importante de padres que carecen de las habilidades mínimas para criar un hijo. El explosivo aumento de niños involucrados en delitos violentos da cuenta que esos niños simplemente carecen de padres responsables y más bien tienen remedos de padre o madres. En Chile, el término coloquial "papitos corazón" se ha vuelto popular para referirse de forma crítica a padres ausentes o negligentes, especialmente en el contexto de la manutención económica. Sin embargo, la responsabilidad de un padre y madre va mucho más allá de lo económico, y está contemplada tanto en el ámbito civil como penal.
En el Código Civil chileno, las principales obligaciones de los padres para con sus hijos se derivan de la patria potestad y del cuidado personal. Estas obligaciones buscan garantizar el bienestar integral de los hijos, tanto en el ámbito personal como patrimonial. A continuación, se detallan las más importantes:
- Crianza y educación: Ambos padres, vivan juntos o separados, tienen el deber de participar en forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de sus hijos, basándose en el principio de corresponsabilidad (Art. 224). Esto implica proveerles de un ambiente familiar adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
- Alimentación: Los padres deben proporcionar los alimentos necesarios para la subsistencia de sus hijos, incluyendo comida, vestimenta, habitación, atención médica y recreación (Art. 323). Esta obligación es recíproca, pero la de los padres hacia los hijos menores es prioritaria.
- Salud: Es obligación de los padres velar por la salud de sus hijos, proporcionándoles la atención médica necesaria y adoptando las medidas preventivas adecuadas.
- Dirección y guía: Los padres tienen la facultad de dirigir y orientar a sus hijos en su desarrollo personal y en la toma de decisiones, siempre respetando su autonomía progresiva (Art. 234). Esto incluye corregirlos, pero sin menoscabar su salud ni su desarrollo personal.
- Mantener una relación directa y regular: El padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo tiene el derecho y el deber de mantener con él una relación directa y regular, la que se ejercerá con la frecuencia y libertad acordada con el padre o madre que lo tiene a su cargo, o en su defecto, la que el juez determine (Art. 229).
El Código Penal chileno establece ciertos deberes de los padres que, de ser incumplidos, pueden constituir delitos. Entre ellos están:
- La obligación de proporcionar alimentos a sus hijos (Art. 321 CP), cuya omisión puede ser sancionada con penas de reclusión menor.
- La responsabilidad en casos de abandono de menores (Art. 352 y ss.), lo cual puede implicar penas de prisión si se pone en peligro la vida o salud del menor.
- El deber de protección y cuidado, cuyo incumplimiento puede derivar en responsabilidades penales en casos de lesiones, abuso o negligencia grave.
En este marco normativo, aparece también la Ley 20.084 que establece un sistema de responsabilidad penal adolescente en Chile. Según datos del Estado, en los últimos años se ha registrado un leve pero constante aumento en la participación de menores en delitos graves, como robos con violencia e infracciones a la ley de drogas. En 2022, por ejemplo, más de 6.000 adolescentes fueron sancionados bajo esta ley, destacando una preocupante participación en delitos violentos y de alta reincidencia.
En este marco normativo, se observa una laguna normativa más severa para castigar con cárcel efectiva a los padres de los niños que incurran en delitos, en efecto, cuando los adolescentes incurren en conductas que los ponen en riesgo a ellos o a terceros, (delitos) surge la interrogante sobre la responsabilidad de sus padres. En Chile, los adolescentes son sancionados por ser los ejecutores materiales de los delitos, pero los padres y madres, no son sancionados, más bien son citados por los Tribunales de Familia en la que se les consulta que han hecho para proteger a su prole y se trata de un ejercicio lánguido donde se les aplica un derecho sueve, que no tiene ninguna medición es un escalón más en el sin sentido de la burocracia judicial.
En los países del primer mundo donde los padres tienen a todas luces un mejor nivel que en Chile, existen medidas efectivas para castigar a esas mamitas y papitos corazón, así en Alemania, Francia y Estados Unidos, la responsabilidad penal de los padres por los actos de sus hijos ha sido objeto de legislación específica. En Francia, por ejemplo, los padres pueden ser sancionados por "falta de vigilancia" si se prueba que su descuido permitió la comisión de un delito por parte del menor. En Estados Unidos, diversos estados tienen leyes de "responsabilidad parental" que imponen multas o incluso penas de cárcel si se demuestra negligencia sistemática en la supervisión.
Pues bien, llegó la hora de crear un tipo penal que sancione con penas de 5 años de cárcel al padre o madre que negligentemente permita que su hijo o hija participe en la comisión de un delito, sino puede con la educación de su hijo, deberá entregarlo a un hogar, si de ese hogar sale un niño igualmente delincuente, se podrá demandar al fisco por hacer un mal trabajo, pero lo que no puede ocurrir es que los papitos y mamitas corazón, que son adultos para procrear, sean tratados como inimputables respecto de los crimines que cometen sus “bendiciones”.
Tranquilo a quienes se sientan identificados con esta descripción, nuestros políticos en el congreso están preocupados quien preside la mesa de la Cámara de Diputados, quien lo acompaña y otras estupideces de gente que se mira el ombligo, no tienen tiempo, ni interés para los asuntos importantes que afectan a la comunidad.
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