No es un error. Este miércoles 2 de octubre se celebra el Día Nacional del Medio Ambiente en Chile, el que se instaura legalmente hace 10 años y que nace para enfatizar y fortalecer la conciencia sobre la importancia del cuidado del medio ambiente y la promoción de prácticas sostenibles. Todo bajo el alero del Día Mundial del Medio Ambiente, establecido por la Asamblea General de Naciones Unidas y que se celebra el 5 de junio de cada año desde 1973.
Ambas fechas buscan seguir con la sensibilización de la importancia de convivir armónicamente en este planeta, que de hecho es el único que tenemos por el momento…
Es importante resaltarlo así, en el marco de este día nacional, dado que nos falta reflexionar más al respecto, porque recuerdo una mujer que pisa despiadadamente las flores del desierto más árido del mundo en el norte de nuestro país o el reciente caso de un grupo de personas que mataron y destruyeron los nidos de aves costeras, en otro ambiente también muy frágil como son las dunas de Ritoque.
Ambos lugares cuentan con protección legal siendo el Desierto Florido hoy Parque Nacional y los sectores de dunas protegidos por La Orden Ministerial Nº2 del Ministerio de Defensa Nacional. En ese sentido la Subsecretaria de Marina instruye “la prohibición de ingreso y tránsito de vehículos en toda la costa del litoral de la República, sus playas, terrenos de playa, en ríos y lagos y demás bienes nacionales”. La restricción en la zona costera a lo largo de Chile, va desde la línea de más alta marea hasta 80 metros después de esta línea, territorio que corresponde al bien nacional de uso público.
Todo lo anterior nos hace ver que sí ha funcionado el tener 2 días destinados a la concientización medioambiental, ya que permite normar, además de concientizar sobre la protección del medio ambiente. De esta manera se hacen eco de los inexistentes derechos de la naturaleza. En tanto, los individuos que incumplen con su protección podrían tener sanciones muy altas, ya que se encuentra vigente la Ley 21.595 que toma como delito los atentados contra el medio ambiente e incluso cuestiones relacionados con lo económico, donde ambas acciones es sin duda una grave afectación a la naturaleza, incorporando la aplicación de penas privativas o restrictivas de libertad y multas, ya que a modo de ejemplo, en ambos casos mencionados anteriormente, existió dolo, es decir, no fue un acto accidental.
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