Viernes, 4 de Octubre de 2024  
 
 

 
 
 
Opinión

Catastro de Aguas, ¿otro calvario para el campesinado?

Por Franco Contreras.

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El año 2022 fue promulgada la ley 21.435 que modificó el Código de Aguas. Algunos celebraron la medida, pero en la practica no había mucho que celebrar, ya que cambian conceptos que principalmente sirven a la retórica política electoral, pero en la practica, aumentan brechas de desigualdad, estresan comunidades campesinas, compuestas principalmente por la tercera edad con baja escolaridad, gentrifica territorios y premia a los Conservadores de Bienes Raíces, por aparentemente, no hacer la pega que estaban obligados a hacer, ya que ¿qué sentido tendría duplicar los canales para los registros?.

Si usted mira el Código de Aguas, en su artículo 122, antes de sus sucesivas modificaciones, este decía que la Dirección General de Aguas (DGA), “deberá llevar un catastro público de aguas”, y para ésto, “los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces deberán enviar a la Dirección General de Aguas, por carta certificada, copias autorizadas de las escrituras públicas, inscripciones y demás actos que se relacionen con las transferencias y transmisiones del dominio de los derechos de aprovechamiento de aguas y organizaciones de usuarios de agua, dentro de los 30 días siguientes a la fecha del acto que se realice ante ellos”.

En el 2018, se eliminó el inciso, que indicaba la existencia en el Catastro Público de Aguas, de unRegistro Público de Derechos de Aprovechamiento de Agua No Inscritos en los Registros de Agua de los Conservadores de Bienes Raíces Susceptibles de Regularización”. Entonces, si dicho código data de 1981 y las modificaciones fueron hechas en el siglo XXI, ¿Por qué no se puede contrastar esos eventuales registros con los datos al día de hoy?.

Luego, en las modificaciones del 2022, agregaron un castigo para los titulares que no hagan su registro.

La cuestión es que hoy, los campesinos (as) deben hacer fila en la trituradora de carne del sistema, entregar su dinero al Conservador de Bienes Raices, otra vez, para obtener un dominio vigente, y si no tenían inscrita el agua, hacer el procedimiento de regularización, ya que antes el agua venia con la tierra, y/o caer en las redes de algún bufete de abogados  (as) “especialistas” que los desplumen.

Los primeros plazos para este registro, que no es más que una planilla excel, vencen la primera semana de abril del próximo año, pero recuerden que vienen elecciones, diciembre es flojo en trámites burocráticos, los funcionarios (as) no fallan para las vacaciones y luego viene marzo. Cabe señalar que cuando observas el catastro hoy, resaltan registrados los derechos de empresas agrícolas, mineras, municipalidades, etc, es decir, los grandes tienen todo en regla, pero los registros iniciados por algunos pequeños regantes, llevan más de un año “en tramite”.

Como escribió Pablo Neruda en su poema Walking Around, “sería delicioso asustar a  un notario con un lirio cortado”.


 
 
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