La conmemoración de los 150 años del Código penal tiene lugar en un escenario en que necesitamos desarrollar una política de persecución penal inteligente y eficaz. Pero también es imprescindible procedimientos procesales-penales coherentes.
La respuesta al problema requerirá examinar la capacidad de la reacción estatal frente a la criminalidad. Uno de esos instrumentos disponibles es el Código penal. Sin embargo, con las innumerables enmiendas que ha recibido en el último tiempo y la ruptura del sistema de determinación de penas ¿es posible justificar adecuadamente la imposición de penas? Observando la práctica, como quedó demostrado en el estudio desarrollado por Wilenmann, Medina, Olivares y Del Fierro, los jueces aplican las penas en el tramo más bajo, admiten las penas sustitutivas cuando se dan razones objetivas, como es la irreprochable conducta anterior, y hay escasa argumentación en el proceso de determinación de la pena.
El problema que se enfrenta es complejo desde la práctica y la teoría. Los esfuerzos codificadores intentaron redactar cuerpos normativos más breves, accesibles, racionales, con reglas lo más generales posibles y con enunciados concisos, para que todas las personas pudieran comprenderlo, y que se aplique en condiciones de igualdad. Hoy enfrentamos una situación en que más leyes penales - en menos de un año se han dictado cinco reformas al Código, propician solo un incremento de las tasas de encarcelamiento, dejando pendientes varias taras como la creación de tribunales de ejecución de penas o de una política de (re)inserción social para personas condenadas.
A ello se le debe la urgencia de revisar seriamente qué capacidades institucionales de persecución penal tiene el Estado. Se deben mejorar sus condiciones de trabajo para perseguir, juzgar y sancionar adecuadamente los delitos según la realidad geográfica del país. Esto demandará una entrega de mayores recursos junto a una estrategia de implementación eficiente, controles internos adecuados para evitar, entre otras cosas la irrupción de la corrupción y el crimen organizado en las entidades del Estado, sumado a una coordinación interinstitucional que dé cuenta de una modernización en la forma de realizar sus tareas, evitando la superposición de funciones y una conducción clara y coherente.
Como lo muestra nuestra propia experiencia y la práctica internacional, una persecución penal exitosa se consigue cuando la ley penal es fruto de una política inteligente respaldada en evidencia criminológica, desarrollándose persecuciones penales más eficientes en paralelo a estrategias que fomenten efectivamente la (re)inserción social de las personas condenadas.
El tiempo en el que se creía que el derecho aisladamente podría resolver estas problemáticas ya pasó y la complejidad de la criminalidad demanda respuestas integrales para propender a la mejora de la calidad de vida de quienes habitamos el país, entre las que el futuro Código penal servirá como una herramienta fundamental para sustentar el sistema.
|