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Seremi y Dirección del Trabajo llaman cumplir con permiso de 2 horas para que trabajadores asistan a votar

 

También a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable para quienes se desempeñan en malls y strip center.

 

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ACONCAGUA (20/11/2021).- El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Rodrigo Kopaitic, junto con el director regional de la Dirección del Trabajo, Cristian Chahuán, hacieron un llamado a los empleadores a respetar el derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar este domingo, día de las Elecciones, como también con el feriado obligatorio e irrenunciable de aquellos que trabajan en malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

Al respecto, el seremi fue enfático en señalar que “como gobierno llamamos a promover y permitir la participación electoral, por cuanto no solo es la base de nuestra democracia, sino también es un derecho para todos. Por eso, hacemos un llamado a los empleadores a que faciliten que sus trabajadores lleven adelante este el legítimo derecho a sufragio”.

Fiscalización durante día de las elecciones

Cabe destacar que la Dirección del Trabajo anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el Canal de Atención Telefónica, en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 21.  

Al respecto, el director regional Cristián Chahuán detalló que en el caso del comercio “la norma legal vigente para esta jornada electoral considera el feriado obligatorio para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica. Quedan exceptuados de esta norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria”.

Permiso para acudir a votar.

Respecto del permiso para sufragar, la Dirección del Trabajo informó que se fiscalizará el otorgamiento de permiso de dos horas para sufragar a los trabajadores, y su no cumplimiento derivará en sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales  (UTM) por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $160.428 y los $3.208.560, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

En el caso del permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral, las multas aplicables son las mismas del caso anterior.

Finalmente, cabe destacar que estos permisos deben otorgarse sin descuentos remuneracionales.

Feriado para trabajadores de malls y strip center.

En cuanto a los trabajadores que se desempeñan en este tipo de recintos, la norma legal imperante señala que el feriado comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 20 y terminará a las 6:00 horas del lunes 22 de noviembre.

En ese caso, la Dirección del Trabajo revisará el otorgamiento del feriado legal obligatorio e irrenunciable en aquellos casos en que se presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, aplicándose las sanciones ya descritas en el caso de su incumplimiento.

Finalmente, cabe destacar que las mismas normas descritas serán aplicadas en caso de ocurrir una segunda vuelta presidencial.

 


 
 
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