Miercoles, 8 de Mayo de 2024  
 
 

 
 
 
Policial

A prisión es enviado sujeto que agredió a su expareja teniendo prohibición judicial de acercarse a ella

Además se encontraba con arresto domiciliario total por el delito de  desacato.

 

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LOS ANDES (23/07/201).- En prisión preventiva quedó un sujeto que llegó hasta la casa de su expareja agrediéndola físicamente e incumpliendo una medida cautelar de prohibición de acercarse a ella.

Conforme a los antecedentes del Ministerio Público, el imputado W.A.P.P., de 31 años, llegó hasta el domicilio de su expareja en el sector oriente de la ciudad y tras ingresar al inmueble comenzó a insultarla para luego golpearla.

La víctima aterrorizada y temiendo por su vida y la de sus hijos llamó a Carabineros, concurriendo personal de servicio en la población quienes detuvieron al sujeto.

El imputado había sido condenado el año pasado por dos delitos de lesiones menos graves en  contexto de violencia intrafamiliar en contra de la misma víctima, quedando con prohibición de acercarse a ella.

Sin embargo, ya en diciembre de 2020 el sujeto incumpliendo con esta medida fue nuevamente al domicilio de su exmujer donde intentó agredirla, hecho que no consiguió debido a que la víctima activó un dispositivo de GPS de la empresa “Te Pillé” entregado por la Unidad de Víctimas de la Fiscalía para alertar a Carabineros.

Por este hecho fue formalizado por el delito de desacato y junto con mantener la prohibición de acercarse a la mujer se decretó también el arresto domiciliario total.

Tras esta nueva detención el fiscal Ricardo Reinoso lo formalizó por los delitos de lesiones menos graves y desacato, solicitando la prisión preventiva.

En virtud de los antecedentes expuestos en audiencia, la magistrado Valeria Crosa resolvió que  “existen antecedentes suficientes respecto  de hecho punible y de participación de autor del imputado en los hechos materia de la formalización, que respecto de la necesidad de cautela a juicio del Tribunal esta es evidente, no cumple con las medidas cautelares de la letra a y letra b del artículo noveno de la Ley 20.066 que fueron impuesta por sentencia ejecutoriada y además incumple las medidas cautelares de arresto domiciliario total en la causa donde le Tribunal reseño”.

“Teniendo en consideración la cantidad de causas que existe por contexto de violencia Intrafamiliar  en contra de la misma víctima, el Tribunal entiende que efectivamente la única forma de garantizar la seguridad de la sociedad y entre ello de la víctima es con la medida cautelar de Prisión Preventiva, razón por la cual se da ha lugar a dicha petición la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la  sociedad” resolvió la magistrado.

De esta manera el imputado deberá permanecer privado de libertad durante los tres meses que se fijó de plazo para el cierre de la investigación.

 

 


 
 
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