Viernes, 19 de Abril de 2024  
 
 

 
 
 
Opinión

La cosmetología con una mirada hacia el futuro

Por Isser Donoso.

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La urgente necesidad de actualizar la ley que fiscaliza y ordena el ejercicio laboral de los centros de estética sigue siendo tema. Más, cuando, cada cierto tiempo, una denuncia reactiva la discusión acerca de quiénes, y dónde, pueden aplicar este tipo de servicios. En ese marco, el Ministerio de Salud, anunció un proyecto que modifica el actual Decreto 88, con el objetivo de separar las labores de la cosmetología tradicional de aquellas propias de la medicina estética, y así reducir los riesgos de accidentes e impedir que personas sin certificación profesional administren este tipo de tratamientos.

Si bien La cosmetología juega un rol importante en nuestra sociedad, en la cual, afortunadamente, cada vez hay más preocupación por una piel sana, en la actualidad existe una difusa asignación de responsabilidades.   Cuando comenzó a regir el Decreto 88, nada menos que hace 39 años, en 1980, nuestro país tenía una formación incipiente y las personas se capacitaban más bien en “oficios”. Eso ha cambiado radicalmente, pues la formación en carreras del área Estética Integral se ha profesionalizado con altos estándares

El cosmetólogo del siglo XXI puede realizar limpieza facial, masajes, depilación, drenaje linfático manual y, en general, todos aquellos procedimientos faciales o corporales que no requieran de la formulación y administración de medicamentos (como higiene, abrasión, extracción de comedones abiertos y cerrados, drenaje de pústulas, etc.). Tampoco debiesen realizar una intervención quirúrgica, tratamientos invasivos o actos reservados a profesionales médicos.

Y además existen tres reglamentos: uno relativo a las funciones del cosmetólogo, otro respecto a los requisitos sanitarios y un último referente a los establecimientos que ofrecen dichos tratamientos. El nuevo proyecto busca unificar estas tres aristas y el primer paso se realizaría a través de una consulta pública del Minsal.

Consideramos que, en este punto, la consulta pública debiera considerar la mirada de la educación técnico-profesional de un cosmetólogo como un pilar dentro de la nueva ley, ya que es imperante que se reconozca la formación laboral de las/los cosmetólogos y que ésta cumpla con los requisitos del Minsal, específicamente los referidos a los programas de carrera, cantidad de horas definidas en el plan de estudios y condiciones de operación, sumado a que los establecimientos formadores deben estar acreditados.

Será esta también una muy buena oportunidad para que aquellos profesionales extranjeros que están llegando a Chile a aportar con sus talentos y conocimientos, puedan acceder a convalidación de títulos, actualización y nivelación de conocimientos y certificación de competencias, lo que beneficiará y será una garantía para los usuarios de estos servicios.

Ampliar la normativa para el uso de aparatología estética es otro punto a considerar, ya que la ley actual permite que sólo los profesionales de la Salud, (enfermeras, kinesiólogos, odontólogos, médicos) puedan utilizarla, lo que es muy confuso, dado que ellos no tienen conocimientos referidos a protocolos de tratamiento en esta área.

No hay dudas. La regulación será un cambio positivo para el ejercicio de la cosmetología, pero hay que ampliar la mirada desde el lado de la educación, para no solo legislar sobre los deberes, sino también sobre los conocimientos que se necesitan, ya que, con ello, todos los cosmetólogos y cosmetólogas podrán validar su profesión con seriedad, respeto por sus conocimientos, garantías para los usuarios y compromiso a otorgar un servicio seguro y de calidad.

 


 
 
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