LOS ANDES (12/06/2017).- Un dura condena dictó el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes en contra de dos peligrosos delincuentes quienes el 1º de agosto de 2016 perpetraron un portonazo en un condominio del sector Los Villares.
Como se recordará, cerca de las 6 de la mañana de ese día la víctima iniciales V.B.A.B., llegó su van de servicio de taxi Chevrolet Orlando hasta el condominio “Río Blanco” ubicado en Los Villares Nº 1420 con la finalidad de recoger un pasajero para trasladarlo hasta el aeropuerto de Santiago
Cuando se encontraba esperando a su pasajero fue interceptado por tres delincuentes, entre los que se encotraban los acusados Giovani Andrés Espinoza Romero, Eduarth de Jésus Castro Galleguillos, quienes concertados al efecto y premunidos de un arma de fuego procedieron a acometerlo mediante insultos y físicamente, exigiéndole la entrega de las especies que portaba y el vehículo que conducía.
Una vez reducida la víctima mediante la intimidación efectuada por los acusados, Castro Galleguillos se puso al volante del móvil ordenándole al antisocial que no fue detenido que disparará en contra del conductor.
Este tercer maleante percutó dos tiros en la pierna derecha del conductor que le ocasionaron lesiones graves, dejándolo abandonado en el lugar para huir en el vehículo en dirección desconocida.
La víctima fue auxiliada por testigos y Carabineros quienes además ejecutaron los encargos correspondientes, logrando ubicar el vehículo sustraído en la comuna de Colina deteniendo a los acusados y huyendo el tercero de los sujetos.
En la detención se logró recuperar el vehículo y se incautó en poder de los acusados una pistola Glock 17 calibre 9mm con el número de serie borrado.
Espinoza y Castro fueron formalizados por el delito de robo con intimidación y estuvieron en prisión preventiva hasta el juicio que culminó el pasado sábado con sentencia condenatoria.
El Tribunal Oral integrado por los magistrados Alessaandra Tubino, María Cornejo y Alex Hernández, con las pruebas aportadas por el Ministerio Público representado por su fiscal Jefe Ricardo Reinoso, estimó que la participación de los acusados en el hecho estaba acreditada más allá de toda duda razonable y los declaró culpables.
Por el gravedad del delito la fiscalía había pedido presidio perpetuo para ambos malvivientes, sin embargo el tribunal condenó a Espinoza Romero a sufrir la pena de 15 años y un día por el delito de robo calificado, más otros 3 años y un día por el porte ilegal de arma de fuego.
En el caso de Castro Galleguillos, fue sentenciado a sufrir la pena de 10 años y un día por el robo calificado y 3 años y un día por el porte ilegal de arma de fuego.
A ambos antisociales se les abonará de sus penas los 314 días que permanecieron en prisión preventiva.
Cabe recordar que al momento del delito, Espinoza Romero llevaba solo unos meses fuera de la cárcel tras haber cumplido una pena de 9 años en el penal de Colina 1 por otro delito de robos.
Además se ordenó la incorporación dela huella genética de ambos imputados al registro nacional de ADN de personas condenadas a pena de crimen.
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