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Defensa del alcalde Galdames descarta incumplimiento de medida cautelar y anuncia presentación de antecedentes ante el tribunal

Abogado Villagrán explicó que Carabineros estableció un procedimiento para acreditar el control y que su representado, por su edad y ejercicio de sus funciones, no ha salido por las noches.

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RINCONADA (19/08/2026).- La defensa del alcalde Juan Galdames Carmona descartó de plano que su representado haya incumplido la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno que pesa en su contra, luego que Carabineros de la Tenencia de la comuna informara al Juzgado de Garantía de Los Andes dos situaciones que, a juicio de la institución policial, constituirían incumplimientos.

Tras la nota publicada por Los Andes Online, el abogado defensor José Villagrán Reyes confirmó la existencia de la comunicación efectuada al tribunal, señalando que actualmente se encuentra reuniendo los antecedentes para realizar una presentación formal y controvertir lo informado.

“Efectivamente, Carabineros de la Tenencia de Rinconada efectuó una comunicación al tribunal dando cuenta, en su opinión, de dos incumplimientos. A raíz de lo anterior, estamos generando los antecedentes para oponernos a esa indicación de Carabineros”, señaló.

El profesional explicó que la policía estableció una forma de proceder -ya que no fue decretada por el juzgado- para verificar el cumplimiento de la cautelar, que contempla comunicaciones telefónicas cuyo registro, según indicó, permite acreditar cada vez que se realiza el control y este es cumplido por el jefe comunal.

“Nos ajustaremos a ese procedimiento y daremos los argumentos en el tribunal que estos hechos que indica la policía finalmente no han ocurrido, y que probablemente esto tenga una explicación tan sencilla como que mi representado no escuchó el llamado de los carabineros o que no se efectuara el contacto telefónico, pero en ningún caso esto viene a establecer una salida o un incumplimiento de la medida cautelar”, aseguró.

Así también, afirmó que Galdames no se ha ausentado de su domicilio durante los períodos en que rige la medida cautelar (de 22:00 a 6:00 horas), señalando que se trata de una persona adulta mayor y que en cada jornada desarrolla sus funciones como autoridad comunal.

“Mi representado es una persona de 76 años y durante el día ejerce como alcalde, por lo tanto, energía como para salir en las noches, la verdad, es que está más en la cabeza de otras personas que en la realidad”, afirmó Villagrán.

Finalmente, el jurista anunció que los antecedentes y argumentos serán puestos formalmente en conocimiento del Juzgado de Garantía de Los Andes, instancia en la que la defensa sostendrá que los hechos informados por Carabineros no constituyeron una vulneración al cumplimiento de la medida cautelar.


 
 
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