En los últimos días, diversos medios de comunicación han informado sobre un hecho alarmante: varias marcas de conservas —entre ellas Coliseo, Barquito, Novamar, Acuenta y Unimarc— estarían comercializando productos rotulados como “jurel” que, en realidad, no corresponderían a dicha especie. Según los antecedentes preliminares, se trataría de productos procesados en China a partir de otras especies marinas similares.
Desde una perspectiva sanitaria, el caso representa una infracción grave a la normativa vigente, dado que estos productos no cumplirían con los estándares exigidos por la autoridad para su comercialización en Chile. Pero más allá de lo sanitario, este caso merece especial atención desde el prisma del Derecho del Consumidor.
La Ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, establece en su artículo 3°, letra b), que los proveedores están obligados a entregar información clara, veraz y oportuna respecto de los bienes o servicios que ofrecen. En términos simples, cualquier producto debe reflejar fielmente su contenido, sin ambigüedades ni omisiones que puedan inducir a error.
Ahora bien, cuando un consumidor acude al supermercado y adquiere una conserva que en su envase declara ser “jurel”, lo mínimo esperable —y legalmente exigible— es que el contenido corresponda efectivamente a la especie Trachurus murphyi, comúnmente reconocida como “Jurel”. Sin embargo, los análisis realizados por el laboratorio 5M y el Laboratorio de Fisicoquímica y Microbiología DICTUC (ambos autorizados por Sernapesca y el Ministerio de Salud) revelan una realidad distinta: los productos analizados no corresponderían al jurel, sino a especies como caballa, sardina española u otras, según se informa en diversos portales informativos.
Estas conclusiones no solo preocupan desde el punto de vista técnico, sino que exponen una posible transgresión flagrante a los derechos de los consumidores. De confirmarse que las empresas involucradas ocultaron o falsificaron información sobre el contenido real del producto, estaríamos frente a un acto de engaño comercial de enormes proporciones.
Entonces, ¿qué pueden hacer los consumidores ante esta situación?
Por ahora, corresponde actuar con cautela, pues el caso aún está en proceso de verificación por parte de la autoridad sanitaria. No obstante, si se llegara a comprobar que estas empresas han incumplido su deber legal de informar veraz y oportunamente, ello habilitaría el ejercicio de acciones judiciales, tanto individuales como colectivas. El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), así como asociaciones de consumidores, tendrían pleno fundamento jurídico para iniciar demandas en representación de los afectados, con el objetivo de obtener compensaciones o reparaciones adecuadas.
De acreditarse esta hipótesis, estaríamos ante una de las mayores vulneraciones al derecho a la información del consumidor en la historia reciente de Chile, considerando que se estima en aproximadamente 30 millones las conservas comercializadas bajo engaño.
Más allá del impacto legal, este caso vuelve a poner sobre la mesa una pregunta fundamental: ¿cuán protegidos están realmente los consumidores frente a este tipo de prácticas? Y, más aún, ¿están nuestras instituciones preparadas para enfrentar y sancionar eficazmente fraudes masivos de este tipo?
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