ACONCAGUA (19/11/2023).- La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa por un total de 201 Unidades Tributarias Anuales (Poco más de $ 12.800.000) aplicada a la empresa de servicios sanitarios Esval SA, por las deficiencias en la continuidad del servicio de distribución de agua potable en las comunas de Los Andes, Quilpué, Villa Alemana, Viña del Mar, San Antonio, Cartagena, El Tabo, El Quisco y Algarrobo, entre el 27 de febrero y el 1 de marzo de 2017, derivadas por el incumplimiento de las obras de mitigación comprometidas por la sancionada.
En fallo unánime, la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Carolina Vásquez, Dora Mondaca y el ministro Danilo Quezada– descartó infracción en la sentencia apelada, dictada el 8° Juzgado Civil de Santiago, que ratificó la sanción aplicada a Esval por la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
“Que del mérito de los antecedentes se desprende que las infracciones que se estimaron configuradas en la resolución que se impugna se sustentan en hechos diversos, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el siete de abril de dos mil veinte, por el 8° Juzgado Civil de Santiago”, consigna el fallo.
En la sentencia de base confirmada, se estableció que “la autoridad utiliza para determinar la multa a aplicar, un margen de discrecionalidad dependiendo de la reiteración y gravedad de la infracción sancionada, las medidas adoptadas y/o propuestas por la empresa además de la cantidad de usuarios afectados por las interrupciones de servicio; todo lo cual se aprecia en detalle en el sumario administrativo y testimonial rendida en esta sede, no desvirtuándose dichas consideraciones en la reconsideración administrativa; encontrándose de esta forma y a juicio de esta sentenciadora, las multas aplicadas del todo proporcionada a la infracción cometida, dentro de los tramos preestablecidos en la ley, y ponderándose adecuadamente los impactos y agravantes producidos a la población con cortes masivos que duraron varios días, no siendo suficiente las medidas de mitigación adoptadas toda vez que la empresa debía conocer y prever situaciones que ya habían ocurridos en años los mismos períodos estivales; motivos todos que conducen también al rechazo de lo solicitado en subsidio”.
Por tanto, resolvió: “Que se rechaza en todas sus partes la reclamación interpuesta por Esval S.A. en contra de la SISS, en cuanto a dejar sin efecto la sanción aplicada impuesta en las resoluciones recurridas, así como la solicitud subsidiaria de reducir el monto de la sanción pecuniaria”.
Respuesta de Esval.
Desde Esval se indicó que *"el fallo de la Corte de Apelaciones corresponde a una de las etapas de este proceso judicial, que se encuentra aún en desarrollo y respecto del cual presentaremos un recurso de casación ante la Corte Suprema".
Considerando que los cortes a los que se refiere la multa fueron por eventos de turbiedad de febrero y marzo de 2017, desde la sanitaria explicaron que "ante los efectos del cambio climático, trabajar en la resiliencia de nuestros sistemas es una prioridad".
"Por ello, desde 2017 a la fecha hemos invertido cerca de 40 millones de dólares en obras de mitigación de eventos de turbiedad y refuerzo de nuestros sistemas productivos de agua potable, robusteciendo nuestra autonomía. Entre ellas, destaca la construcción de estanques de respaldo en el Sauce, Los Andes y la iniciativa actualmente en curso para ampliar la capacidad de respaldo de la misma planta -de 12 a 48 horas progresivamente-, con una inversión de 3,7 millones de dólares. Con estos proyectos, la resiliencia de todas las localidades de la Región ante eventos de turbiedad es capaz de mantener el servicio de agua potable operativo en las peores condiciones que históricamente se han producido hasta la fecha" explicó Esval en un comunicado.
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