Jueves, 22 de Enero de 2026  
 
 

 
 
 
Opinión

Cuando la detención no protege a la víctima

Por Andrés Briceño.


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Hace poco más de una década recién se tipificó el delito de femicidio en el Código Penal, figura legal indudablemente relacionada con la Violencia Intrafamiliar, pues en muchas ocasiones el femicidio es el resultado de la violencia ejercida contra la mujer, principalmente por su cónyuge.

Vemos diariamente que la integridad de cientos de mujeres está en peligro, al ser abusadas, violentadas o asesinadas. De acuerdo con el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, se han registrado 457 femicidios entre 2010 y 2020, y al 1 de marzo ya se registran diez asesinatos de mujeres a manos de sus convivientes o ex parejas.

La prohibición de acercamiento a la víctima no parece ser suficiente, lo que deja a las mujeres en situación de alta vulnerabilidad. Hoy más que nunca es necesario dar visibilidad al Proyecto de Ley para monitoreo telemático como medida cautelar, y es que el uso de soluciones como las tobilleras electrónicas, representan hoy el más eficiente sistema de protección de víctimas, gracias a un monitoreo ininterrumpido y confiable, con alertas inmediatas acerca de la cercanía del agresor para que las autoridades lo conminen a alejarse de la víctima.

Este sistema funciona de modo exitoso en países como Nueva Zelanda, que en el año 2016 contaba con un 40.5 % de la población penal bajo este sistema.

La tobillera permite al condenado un menor periodo de exposición a la población penal, previniendo así un aprendizaje delictivo y promoviendo la reinserción social, al mismo tiempo que entrega seguridad a las víctimas, con una efectividad de un 98% en Chile y un cumplimiento de los condenados de un 80%. 

El tema de la violencia intrafamiliar y de género son prioritarias hoy 8 de marzo y los 364 días restantes.

 

 


 
 
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