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Dirección del Trabajo llama a cumplir permiso de dos horas para que trabajadores voten en el Plebiscito

“Queremos pedirle a todos los empleadores que faciliten a sus trabajadores el ejercicio del legítimo derecho a sufragio”, recalcó la Seremi María Violeta Silva.

 

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LOS ANDES (24/10/2020).-La Dirección del Trabajo fiscalizará el respeto a sufragio de aquellas personas que deban trabajar este domingo 25 octubre, día en el que se realizará el Plebiscito Constitucional, así como también el feriado obligatorio de aquellos que se desempeñan en malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

Quedan exceptuados de la última norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria. 

Al respecto, la seremi del Trabajo y Previsión Social, María Violeta Silva, señaló que como gobierno, y tal como lo ha dicho el Presidente Sebastián Piñera, “la participación electoral es un acto democrático. Por eso, desde el Ministerio del Trabajo queremos pedirle a todos los empleadores que faciliten a sus trabajadores el ejercicio del legítimo derecho a sufragio”.

Es en ese contexto, indicó que la Dirección del Trabajo el lunes 19 de octubre emitió el dictamen 2760, el cual, recordando la actual legislación, “detalla cuales son las normas que deben cumplir los empleadores para garantizar a sus trabajadores el derecho de ir a votar”, complementó la autoridad regional.

Por su parte, el director regional de la Dirección del Trabajo, Cristian Chahuán, aclaró que para todo efecto “este día domingo es feriado”.

De igual modo, indicó que los trabajadores que necesiten concurrir a los locales de votación correspondientes “pueden solicitar un espacio de hasta dos horas para asistir a dicho recinto, con goce de remuneraciones, sin estar afectos a descuentos o algún tipo de compensaciones horarias. Asimismo, quienes hayan sido designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral pueden ocupar el día completo”.

Fiscalización y sanciones

Además, la Dirección del Trabajo informó que se fiscalizará el otorgamiento de dicho permiso, y quienes no la cumplan se exponen a sanciones que van desde las 9,30 hasta las 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Es decir, fluctuarán entre los $453.348 y $2.014.880, dependiendo si la empresa tiene entre 1 a 49, 50 a 199 y 200 y más trabajadores, respectivamente.

Lo propio se efectuará respecto al otorgamiento de feriado legal obligatorio en aquellos casos en que se presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica. Su incumplimiento implica sanciones de 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 a 49, 50 a 199 y 200 y más trabajadores, respectivamente. Los montos de las multas fluctuan entre $503.720 y $3.022.320.

Denuncias

Complementando lo anterior, Cristian Chahuán señaló que también se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas vía telefónica al 600 450 4000 entre las 9:00 y las 14:00 horas del domingo 25. Asimismo se recibirán denuncias en el sitio www.direcciondeltrabajo.cl mediante un banner que se habilitará a partir de las 15:00 de hoy sábado 24 de octubre y hasta las 14:00 horas del domingo 25.

 


 
 
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