Viernes, 26 de Abril de 2024  
 
 

 
 
 
Actualidad

Corte Suprema falla a favor de la Junta de Vigilancia 1ª Sección del Río Aconcagua por intervención decretada entre febrero y mayo de este año

También establece que Codelco debió ser objeto de medidas de restricción al igual que los agricultores afectados.

 

  • Tuitea
  • Comparte
  • Imprimir

 
Más Noticias
     
  Constituyen comisión entre autoridades y comunidad para avanzar en la protección medioambiental del Valle del Aconcagua y el Parque Andino Juncal
  Vecinos de Los Andes se interiorizaron de experiencia del programa Quiero Mi Barrio en Casablanca
  Agricultor Callelarguino mejora la tierra y combate plagas con sus propios biopreparados
  Directivos del Liceo Mixto y ejecutivos de Anglo American se reunieron por implementación del programa Modelo Pionero
  Vecinos de Villa Alto Aconcagua recibieron atención social y jurídica en forma gratuita
  Colbún inicia ciclo de charlas informativas 2024 para vecinos de camino internacional
 
 

LOS ANDES (07/09/2018).- La Corte Suprema emitió un fallo favorable a la 1ª Sección del Río Aconcagua en cuando a que la intervención del río Aconcagua entre los meses de febrero y mayo de 2018 fue arbitraria e ilegal por parte de la Dirección General de Aguas.

Cabe recordar que la 1ª Sección inició acciones legales en contra del Gobierno por esta situación y el fallo del máximo tribunal del país les dio la razón en cuanto a su arbitrariedad, toda vez que solo afectó a los integrantes de la Junta de Vigilancia y no a Codelco que también debió ser objeto de restricción.

En el  fallo queda en evidencia que la declaración de escasez abarcó una zona considerablemente más amplia que aquella que resultó afectada con la medida de suspensión de las atribuciones de la Junta y el cierre periódico de las bocatomas sujetas a su jurisdicción.

“Esa desproporción no aparece explicada, y la justificación apoyada en que respecto de otros usuarios, en particular Codelco, la facultad de que se ha venido tratando se ejercería en forma independiente, no logra dotarla de sustento suficiente”, sostiene el documento de la Corte.

Asimismo, en el punto décimo cuarto de la sentencia, se establece que  “la actuación de la DGA, a través de su delegado, es en esa extensión arbitraria, y afecta el igual trato legal a que tienen derecho los recurrentes, como les asegura el número 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República”.

En esos meses de intervención, la primera sección tuvo que entregar 36 horas de agua semanales, sin ninguna indemnización del Estado, provocando un alto costo social y económico para sus más de 6.000 usuarios de agua. 

Al respecto, el Presidente de la Junta de Vigilancia, Javier Crassemann (Ver foto ampliada), señaló que esta sentencia viene a confirmar el fallo emitido en mayo por  la Corte de Apelaciones de Valparaíso, ante el recurso de protección interpuesto por esta Junta de Vigilancia.

"Como primera sección valoramos que el fallo y ahora la sentencia demuestra los errores e ilegalidades cometidos hacia esta Junta de Vigilancia del río Aconcagua, la que desde febrero se encuentra sufriendo una grave escasez de agua", expuso el dirigente.

Crasemann recordó que llevan  años señalando la necesidad de que exista igualdad ante la ley, “ y estos fallos lo ratifican".

 

 


 
 
Twitter Facebook Flickr
 

Visibilidad Lésbica y necesidades específicas en salud

Día Internacional de la Concientización sobre el Ruido: La contaminación acústica, una amenaza significativa para nuestra salud

 
 
 
¿Le gustan los resultados del proyecto de remodelación de avenida Argentina.
Si.
No.
Faltan más árboles.
Me da lo mismo
Ver resultados
 
 
 
Diario Electrónico Andes Online® | ©2000-2024 Derechos Reservados.
Miembro de EMR™ Chile - Estadísticas de Medios en Internet - Estadísticas Certificadas
Andes Online is Licensed under a Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivs 2.0 Chile License
Prensa | Publicidad | Contacto