Sabado, 26 de Abril de 2025  
 
 

 
 
 
Opinión

Aclaración empresa Ingeproc por acceso a condominio Los Solares de San Esteban

Por Daniel Corvalán Rivera, Representante Legal Inmobiliaria e Inversiones Puerta del Sol Limitada

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Con relación a la noticia publicada por el Diario Electrónico “Los Andes On Line”, el día 8 de agosto del 2012, titulada “Litigio por apertura de camino de servicio provoca grave conflicto vecinal en San Esteban”, para Inmobiliaria e Inversiones Puerta del Sol del grupo Ingeproc es imperioso señalar que:

1.- La información contenida en la publicación antes señalada no fue consultada ni verificada con Inmobiliaria e Inversiones Puerta del Sol del grupo Ingeproc.

2.- El Sr. Luis Andrade Vargas, por derechos que detentaría en Sociedad Agrícola Los Nogales Ltda., ha interpuesto demanda de nulidad de derecho público en contra de la I. Municipalidad de San Esteban y de Inmobiliaria e Inversiones Puerta del Sol Limitada, ante Tribunales de Santiago, cuya resolución se encuentra pendiente.

3.- El  demandante en la acción entablada, entre otros aspectos, se atribuye el dominio exclusivo de la franja denominada “Camino Interior”, hoy calle Las Parras, conforme denominación acordada por el Concejo Municipal de San Esteban.

4.- Inmobiliaria Puerta del Sol ha dejado claramente establecido en sus presentaciones en el juicio antes dicho que, conforme a los títulos originarios de las Parcelas derivadas de la subdivisión del Fundo Los Nogales el año 1964, la franja denominada “Camino Interior”, hoy calle Las Parras, para el libre tránsito y no ha formado ni forma parte de tales parcelas. Así, lo grafica por lo demás el respectivo plano de subdivisión aprobado por las autoridades competentes de la época y debidamente registrado ante el Conservador de Bienes Raíces de Los Andes.

En consecuencia, ninguno de los adjudicatarios ni sus sucesores en el dominio podrían coartar el libre tránsito por ella ni menos pretender exclusividad en el dominio de tal calle.

Así consta, por lo demás, de los antecedentes acompañados por el propio demandante, quien, en diversas presentaciones en el juicio señalado, del mismo modo, ha reconocido el carácter de público de calle Las Parras, en sus dichos hasta el 2002, para luego, de manera injustificada, desconocerlo y atribuirse su dominio exclusivo. Tales afirmaciones se explican por sí solas.

5.- Sin perjuicio de ello, el camino interior referido, calle sin nombre (plano subdivisión 2002), hoy calle Las Parras, que nace formalmente en la subdivisión del Fundo Los Nogales en 1964, ha estado en uso público por casi 50 años, hecho público y notorio, y es, también, hoy bien nacional de uso público.

6.- Las vías de hecho y violencia para obstaculizar la libre circulación por la calle antes dicha de personas que se han identificado como pertenecientes a la familia Andrade Vargas, ocurridas en los últimos días, constituyen un grave atentado al ordenamiento jurídico y desconocimiento a la labor de los Tribunales de Justicia, cuya resolución se encuentra pendiente.

7.- De igual modo, tal como hemos planteado ante el Tribunal, el proyecto habitacional “Condominio Los Solares de San Esteban” ha cumplido con todos las exigencias que la ley y los reglamentos prevén en la materia.

8.- Dichos antecedentes, junto con los demás previstos en la normativa aplicable en la materia, constituyen el fundamento del actuar de las autoridades municipales y demás entes públicos.

9.- Tenemos la más absoluta tranquilidad y certeza del obrar correcto y de buena fe de nuestra Inmobiliaria, por lo que nos encontramos desplegando todos nuestros esfuerzos en orden a que ello sea así reconocido y se establezcan las responsabilidades civiles y penales de aquellos que han accionado sin fundamento, por las instancias judiciales pertinentes.

10.- El mismo convencimiento nos mueve a no tolerar las amenazas, los destrozos y agresiones sufridas bienes de nuestra propiedad en los últimos días ni el desprestigio de nuestra empresa y de quienes forman parte de ella, rechazando todo tipo de violencia y vías de hecho como formas de presión, en un asunto que ha sido sometido a conocimiento de los Tribunales de Justicia.

11.- Esperamos que, a la brevedad, cese la obstaculización del tránsito por Calle Las Parras desde Avda. Tocornal y se restablezcan el imperio del derecho y la convivencia pacífica.

12.- Lamentamos que medios de comunicación social publiquen información errónea o que no se ajuste a la realidad sin previamente verificarla o contrastarla adecuadamente, menoscabando el derecho a la honra de personas naturales y jurídicas.

13.- Inmobiliaria e Inversiones Puerta del Sol del grupo Ingeproc se reserva el derecho de ejercer todas las acciones previstas en el ordenamiento jurídico nacional a fin de resarcirse de los perjuicios que la publicación indicada en el número 1 y las expresiones vertidas por quienes aparecen citados en ella pudieren haberle irrogado o le irroguen.”

 

 


 
 
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