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Dirección del Trabajo recordó que 18 y 19 de septiembre son feriados irrenunciables

Además el organismo llevará adelante fiscalizaciones conjuntas con la Gobernación y Servicio de Salud en fondas y ramadas.

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Cristián Rovegno, Inspector Provincial del Trabajo.

Cristián Rovegno, Inspector Provincial del Trabajo.

 
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LOS ANDES (13/09/2017).-  Ante el inicio del fin de semana largo de Fiestas Patrias, el Inspector Provincial del Trabajo de Los Andes, Cristián Rovegno Campos, recordó que los días 18 y 19 de septiembre son feriados irrenunciables.

“La normativa que rige hace varios años y dice relación con todo lo que es comercio y por regla general tiene que estar cerrado y todas las actividades comerciales para estos días. Las únicas excepciones que establece la ley son con respecto a los restoranes, lugares de entretenimiento los cuales pueden estar abiertos”, sostuvo el abogado.

 Recordó  que en Mayo de este año  se introdujo una modificación en la norma legal que no existía anteriormente y se establece que cada dos años a los trabajadores de estos establecimientos específicos se les  tienen que otorgar el feriado legal en esa fechas, para lo cual el empleador debe efectuar un sistema de turnos rotativos, “por lo que si algún empleado  trabaja en esa fecha al año, al  siguiente tiene que tener descanso”

El Inspector Provincial del trabajo subrayó que los establecimientos del Retail tienen que estar cerrados ambos días.

En cuanto a las fondas y ramadas, Rovegno dijo que corresponden a la excepciones establecidas por la ley, “ pero en cuanto a la formalidad legal, nosotros como servicio lo que fiscalizamos es que cuando se presta un servicio y hay una remuneración de por medio y hay una ejecución de una labor por parte de un trabajador,  este tiene que tener la formalidad legal, y eso está normado, es decir que tienen que tener un contrato de trabajo y eso es fácilmente solucionable ya que existen los contratos de trabajos estipulados por un plazo fijo, en este caso si el trabajo durara una semana, el empleador tendrá que hacerlo por esa semana, pagando la remuneración y cotización correspondiente, proporcional a los días trabajados”.   

Respecto a si se llega  a detectar una irregularidad, el Inspector Provincial dijo que está habilitada la página web www.direcciondeltrabajo.cl donde hay un link en el cual se pueden efectuar las denuncias respecto de trabajadores que hayan sido obligados a desempeñar labores durante el feriado irrenunciable.

“En general las normas son cumplidas, pero siempre existen algún tipo de excepciones y para ese tipo de casos estamos dispuestos a realizar las fiscalizaciones, ya que la idea es que los trabajadores tengan el descanso  que corresponde”, sostuvo el Director Provincial del Trabajo.                       

 

                   


 
 
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