LOS ANDES (19/01/2015).- La Corte de Apelaciones de Valparaíso ratificó el fallo de primera Instancia del Juzgado de Letras de Los Andes que ordena a Codelco a pagar más de 900 millones de pesos a 21 trabajadores activos de la empresa que contrajeron Silicosis en la División Andina.
El dictamen de la quinta sala del tribunal de alzada establece que los 21 trabajadores recibirán 40 millones de pesos por concepto de indemnización por daño moral y uno recibirá 70 millones por la enfermedad profesional contraída en desempeño de sus labores.
Cabe recordar que el Juzgado de Letras de Los Andes estableció que estos 21 trabajadores que fueron trasladados desde El Salvador a Andina adquirieron la enfermedad durante su trabajo en este último yacimiento.
Al respecto, el abogado del Sindicato de Integración Laboral de Codelco Andina, Edgardo Lepe, se mostró muy contento como parte demandante porque la Corte ratificó el falle en todas sus partes, lo que implica que los 21 demandantes ganaron a Codelco, “ y es la División Andina la que debe indemnizar el daño moral por no cumplir con el deber de cuidado y causar la enfermedad silicosis a estos demandantes”.
Agregó que el fallo de la Corte fue unánime y es un hito para los trabajadores de Chile y para la seguridad de todos quienes se desempeñan en faenas mineras.
Manifestó que la sentencia del juzgado de Letras establece que Andina no adoptó todas las medidas necesarias para garantizar el cuidado y la vida de sus trabajadores.
No obstante ello, el abogado señaló que Codelco presentó un recurso de jurisprudencia ante la Corte Suprema a fin de se pronuncie respecto al falle, “ no obstante que no todos los trabajadores fueron incluidos en este recursos, por lo que solo para nueve trabajadores el fallo se encuentra firme y ejecutoriado”.
Respecto de los otros trabajadores, explicó que Andina intenta cuestionar si debe pagar a los trabajadores que anteriormente estuvieron en otra división de la empresa, “ no obstante aquello, como se trata de un recurso extraordinario podemos igual respecto de estos doce trabajadores restantes exigir el cumplimiento del fallo y lo único que debemos cumplir es una figura jurídica que se llama fianza de resulta donde la Corte de Apelaciones fija un monto que como parte demandante nosotros debemos dejar en consignación en caso que la Corte de Suprema diere luz verde a este recurso en alguno de sus puntos”.
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